Uno de los principales logros de la COP26 es la finalización de las normas de aplicación del Acuerdo de París. Este conjunto de normas establece cómo se responsabiliza a los países del cumplimiento de sus promesas de acción climática y de los objetivos fijados por ellos mismos en el marco de sus contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC por sus siglas en inglés).
Las normas que se finalizaron en la COP26 de Glasgow complementan las que se adoptaron en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP24) en Katowice en 2018 y permiten la puesta en marcha del marco de transparencia mejorado. En el marco del Acuerdo de París, el marco de transparencia mejorado es un mecanismo de rendición de cuentas que tiene como objetivo promover la implementación de los planes nacionales de acción climática (contribuciones determinadas a nivel nacional, o NDC por sus siglas en inglés) y el flujo de apoyo a la acción climática. Se trata de una herramienta importante para evaluar los progresos que realizan las Partes en la aplicación y el cumplimiento de sus NDC, que son cruciales para los esfuerzos mundiales por alcanzar el objetivo de 1,5 °C de París.
El nuevo sistema de transparencia representa un sistema común para todas las Partes, es más riguroso y estandariza la información que deben comunicar las Partes. Esto ayudará a mejorar la calidad de la información y a garantizar la comparabilidad de los datos entre las Partes, lo que a su vez contribuirá a fomentar la confianza.
El nuevo sistema de transparencia del Acuerdo de París se basa en los sistemas existentes en la Convención y los mejora. En el marco de la Convención y del Protocolo de Kioto, las Partes que son países desarrollados ya contaban con unas directrices de información más rigurosas. En cambio, las Partes que son países en desarrollo están sometidas a directrices de información menos rigurosas. En consecuencia, las nuevas directrices de presentación de informes constituyen una mejora notable para las Partes que son países en desarrollo en términos de frecuencia, alcance y profundidad de los informes. Se reconoce ampliamente que las Partes que son países en desarrollo necesitarán apoyo para ayudarles a aplicar las nuevas directrices.
En el nuevo informe bienal de transparencia, las Partes proporcionarán información sobre sus emisiones y absorciones nacionales de gases de efecto invernadero, los avances en la aplicación y el cumplimiento de las NDC, los recursos financieros, el desarrollo y la transferencia de tecnología, así como el desarrollo de capacidades proporcionado y recibido. Las Partes también pueden incluir información sobre los impactos del cambio climático y la adaptación.
La información obtenida a través del informe de transparencia bienal se agregará y se utilizará como aportación al proceso de evaluación global, cuyo objetivo es evaluar los esfuerzos colectivos de todas las Partes en relación con las acciones climáticas y el apoyo prestado a nivel mundial.
En la COP26 de Glasgow, las Partes adoptaron las tablas y los formatos de presentación de informes, los esquemas para el informe bienal de transparencia y el informe de revisión técnica, así como el programa de formación para los expertos en revisión técnica. Esto completó la orientación operativa sobre la presentación de informes y la revisión en el marco del nuevo sistema de transparencia.
Las Partes que son países desarrollados proporcionarán información sobre el apoyo prestado siguiendo las orientaciones contenidas en el Capítulo V de modalidades, procedimientos y directrices adoptadas en la COP24 de Katowice, y utilizarán los formatos tabulares comunes adoptados en la COP26 de Glasgow.
La secretaría de la CMNUCC tiene el mandato de desarrollar herramientas para la presentación de informes electrónicos de las tablas comunes de información y los formatos tabulares, además de organizar periódicamente talleres de formación técnica para ayudar a las Partes a utilizar las herramientas de presentación de informes, e integrarlas así en sus disposiciones relativas a los inventarios nacionales.
Se necesitará un apoyo financiero, técnico y de creación de capacidades más intenso y específico para ayudar a los países en desarrollo a transitar hacia el marco de transparencia mejorado. Esto implica, en particular, el establecimiento del sistema nacional y la mejora de la capacidad nacional necesaria para la aplicación del nuevo sistema de transparencia de forma continua y sostenible.
La secretaría desempeña un papel fundamental a la hora de apoyar a las Partes en la aplicación del nuevo sistema de transparencia, mediante la realización de las actividades previstas en su mandato, como el desarrollo y la puesta en marcha de las nuevas herramientas de información y el programa de formación, así como la prestación de apoyo técnico para ayudar a las Partes a mejorar sus capacidades nacionales en la transición al nuevo sistema de transparencia.
Los avances en el desarrollo de las nuevas herramientas de información y el programa de formación se comunicarán en futuras reuniones subsidiarias de la CMNUCC. A partir de la próxima Conferencia de las Partes se iniciará el examen de la prestación de apoyo financiero y técnico a las Partes que son países en desarrollo para la presentación de informes y la creación de capacidades en el marco del Acuerdo de París.
