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Estructura y organización
Los miembros de la Convención (las Partes) reconocen que el sistema climático es un recurso compartido
cuya estabilidad puede verse afectada por actividades que emiten dióxido de carbono y otros gases de efecto
invernadero. Por eso establecieron una estructura con objetivos y normas generales para los esfuerzos
intergubernamentales encaminados a resolver el desafío del cambio climático.
En virtud de la Convención, los gobiernos recogen
y comparten la información sobre las emisiones de gases de efecto invernadero, las políticas nacionales y
las prácticas óptimas, ponen en marcha estrategias nacionales para abordar el problema y adaptarse a los
efectos previstos, incluida la prestación de apoyo financiero y tecnológico. Las Partes se dividen en dos
tipos básicos, con sus respectivos papeles y obligaciones:
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Los países industrializados (los del anexo I) tienen que rendir cuentas con regularidad de
sus políticas y medidas contra el cambio climático, incluyendo cuestiones que se rijan por el
Protocolo de Kyoto (en el caso de
países que lo hayan ratificado). También deben presentar un inventario anual de sus emisiones de gases
de efecto invernadero, incluyendo datos de su año base (1990) y todos los años siguientes.
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Los países en desarrollo (las Partes no incluidas en el anexo I) rinden cuentas en
términos más generales de sus medidas tanto para hacer frente al cambio climático como para
adaptarse a sus efectos, pero con menor regularidad que las Partes del anexo I, y la presentación de sus
informes está subeditada a la disponibilidad de financiación para prepararlos, especialmente en el caso
de los países menos adelantados. Como parte de las negociaciones que está manteniendo actualmente el
GTE-CLP se están debatiendo detalladamente los requisitos y
la frecuencia de la presentación de informes tanto para las Partes incluidas en el anexo I como para las no
incluidas. Actualmente dichos debates también cubren los requisitos de transparencia y de auditoría.
Por consiguiente, el funcionamiento de la Convención depende de una serie de grupos y organismos que mantienen
un animado debate.
La secretaría de la CMNUCC La secretaría cuenta con funcionarios
internacionales y presta apoyo a la Convención y sus órganos. Proporciona apoyo organizativo y
administrativo así como experiencia y conocimientos técnicos para las negociaciones y las instituciones.
Asimismo facilita el flujo de información fidedigna sobre la aplicación de la Convención. Como parte
de estos deberes, se encarga de los aspectos prácticos de la organización de reuniones, recopila y
distribuye estadísticas e información pertinentes, fiables y comprensibles, y ayuda a los países
miembros a cumplir los compromisos que han adquirido en virtud de la Convención. También promueve y
mejora la participación activa de los interesados directos pertinentes. La secretaría tiene su sede en
Bonn (Alemania).
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